Supervisión de tesis
Profesorado del programa
Todo el profesorado del Programa de Doctorado estará en posesión del título de doctor, sin perjuicio de la posible colaboración en determinadas actividades específicas de otras personas o profesionales en virtud de su relevante calificación científica o profesional en el correspondiente ámbito de conocimiento.
Será factible incorporar al programa personal docente o investigador ajeno a la propia universidad. En tal caso, la CAPD acreditará esta condición y garantizará los recursos necesarios para estas incorporaciones debiendo comunicarlo a la universidad.
Tutores/as del programa
La admisión definitiva de un doctorando en un Programa de Doctorado lleva la asignación de un Tutor, designado por la Comisión Académica del Programa de Doctorado. Se tratará de un profesor asignado al programa con vinculación permanente con la universidad y/o entidad colaboradora en el Programa de Doctorado.
Con carácter general, el Tutor/a tendrá como funciones:
- Velar por la interacción del alumnado con la Comisión Académica del Programa de Doctorado y, conjuntamente, con el/la Director/a de la tesis.
- Velar por la adecuación a las líneas del Programa de la formación y la actividad investigadora del alumnado.
- Orientar al alumnado en las actividades docentes y de investigación del programa.
La Comisión Académica del Programa de Doctorado, oído el doctorando/a, podrá modificar el nombramiento del Tutor/a en cualquier momento del período de realización del doctorado, siempre que concurran razones justificadas.
La labor de tutorización del doctorando será reconocida como parte de la dedicación docente e investigadora del profesorado tal y como fose regulado en cada unha das universidades participantes.
Directores/as de la tesis de doctorado
En el plazo máximo de tres meses desde su matriculación, la Comisión Académica del Programa de Doctorado asignará a cada doctorando/a un Director/a de tesis que podrá ser coincidente o no con el tutor/a previamente referido. El Director/a de la Tesis será el máximo responsable de la coherencia e idoneidad de las actividades de formación, del impacto y novedad en su campo, de la temática de la tesis y de la guía en la planificación y su adecuación, en su caso, a la de otros proyectos y actividades donde se inscriba el doctorando/a.
Podrá ser Director/a de tesis cualquier doctor/a español o extranjero, con experiencia acreditada investigadora, con independencia de la universidad, centro o institución en que preste sus servicios. A efectos de este programa Interuniversitario, por acreditada experiencia investigadora se entiende el cumplimiento de alguno de los siguientes requisitos (entendiendo que los requisitos más exigentes son los que ha de asumir -si así se acuerda en el convenio- este programa de doctorado):
- Tener reconocidos dos sexenios de actividad investigadora atendiendo a los criterios de la universidad que más exigencias expone alrededor de esta cuestión (Universidad de Oviedo), o un sexenio de actividad investigadora si la reglamentación de cada universidad puede mantenerse.
- Ser, en los últimos 6 años, investigador/a principal de un proyecto de investigación financiado mediante convocatoria pública (excluyendo los proyectos de convocatorias propias de la universidad).
- Acreditar la autoría o coautoría, en los últimos seis años, de por lo menos 3 publicaciones en revistas incluídas en el Journal Citation Reports. En aquellas áreas en las que por su tradición no sea aplicable este criterio se sustituirá por un requisito comparable según lo establecido por la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) en estos campos científicos.
- Acreditar la autoría o coautoría de una patente en explotación.
- Haber dirigido una tesis de doctorado en los últimos cinco años con la calificación de Sobresaliente Cum Laude o Apto Cum Laude que diese lugar, por lo menos, a una publicación en revistas indexadas en el ISI-JCR o alguna contribución relevante en su campo científico según los criterios de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI).
En caso de que un/a profesor/a del programa cumpla los requisitos para ser Director/a y Tutor/a asumirá las dos funciones, de ser el caso.
En el caso que el Director/a no tenga vinculación permanente con la universidad o entidad colaboradora del programa o no sea profesor/a del programa, el programa asignará un Tutor/a que cumpla los requisitos establecidos en el Reglamento de Estudios de Doctorado de la Universidad en la que esté matriculado el doctorando/a.
La CAPD, oído el doctorando/a, podrá modificar el nombramiento del Director/a de Tesis en cualquier momento del período de realización del doctorado, siempre que concurran razones justificadas.